31 Mayo 2020

Municipalidad de Las Condes responde el 30/05/20 objeción interpuesta por Defendamos la Ciudad el 24/05/20

sobre el contenido de su Plan Regulador Comunal (PRC). Patricio Herman señala al respecto "ahora esperamos que el Minvu, a la brevedad, asuma sus atribuciones para que ese instrumento local de planificación urbana sea legal" .
 
 
 

 

Señor Patricio Herman Pacheco

Fundación Defendamos La Ciudad

Presente

 

En relación a su atenta carta en que nos manifiesta varios comentarios y sugerencias sobre el actual Plan Regulador Comunal (PRC), entre ellas la necesidad de realizar un ajuste de sus disposiciones de manera que armonice tal como Ud. nos señala con la Ley General de Urbanismo Construcciones (LGUC) y su Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), lo que además de ser un imperativo, acarrea una serie de beneficios entre ellos la certeza jurídica del propio instrumento de planificación.

 

En relación a lo anterior y considerando los distintos dictámenes de la Contraloría General de la República sobre algunas de las disposiciones contenidas en el PRC, la Municipalidad dio inicio mediante decreto alcaldicio al proceso de estudio de su plan regulador de manera de adecuarlo íntegramente al marco legal vigente. Para dicho estudio además de los profesionales con que cuenta esta Dirección Municipal, contratamos la asesoría externa de la arquitecto Sra. Marisol Rojas Sch., profesional que tiene una amplia experiencia en materias de regulaciones urbanísticas. Demás está decir que en los últimos años, habiéndose iniciado el estudio mencionado, han habido cambios legales y reglamentarios sobre la materia que por una parte han modificado algunos criterios contenido en dictámenes de la CGR y principalmente han establecido y/o precisado las facultades de los instrumentos de planificación comunal; entre ellas la Ley Nº 20.958, Ley Nº 21.078 y Decreto Nº 14/2019 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

 

El estudio realizado tenía como objetivo central armonizar las normas contenidas en el PRC con nuestro marco regulatorio, actualizando el instrumento, sin introducir variaciones a los coeficientes e índices vigentes en las distintas áreas de edificación y rescatando además todas aquellas directrices y criterios urbanísticos que nos han permitido en nuestra opinión y durante los años de aplicación del plan, instrumento éste participativo y sancionado por la Comunidad, ordenar de manera eficiente el crecimiento urbano en la Comuna. Este estudio ha concluido en el proyecto de modificación N° 11 al PRC.

 

El proyecto así denominado, implicó el reordenamiento de su articulado, una nueva subsectorización en algunas áreas o zonas, entre otras materias, reiterando sin introducir cambios a las normas urbanísticas, lo que ha significado en todo caso la ejecución de un nuevo articulado, nuevos planos; de edificación, uso de suelo y validad los que reemplazarán los actuales planos vigentes, motivo por el cual se debe presentar como una modificación no sustancial al PRC de Las Condes. Ello nos permitirá sólo una vez que haya concluido el proceso administrativo del proyecto y se encuentre sancionado legalmente, mejorar sobre esta nueva base la plataforma web de la Municipalidad de Las Condes, materia en la cual ya estamos trabajando de manera de que un vez se concluya el proceso administrativo contemplado en la LGUC y su Ordenanza, podamos levantar dicha información a la plataforma digital municipal. Ello confiamos en que permitirá una mejor comprensión de la norma, en comparación con la actual que requiere la superposición de varios cuerpos legales.

 

En conversaciones y acuerdo con la Secretaría Ministerial Metropolitana del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (SEREMI) y para continuar con este proceso administrativo hemos enviado de acuerdo al artículo 2.1.12 de la OGUC, todos los antecedentes del proyecto de modificación N° 11 al PRC, a dicha repartición, de manera de obtener la opinión técnica previa de esa Secretaría. Ello ocurrió mediante ORD. ALC N° 14/15 de fecha 8 de Enero de 2020, desgraciadamente por la situación de Catástrofe Sanitara que nos afecta no hemos logrado a esta fecha aún, obtener de parte de la SEREMI, la referida asesoría documentada, ello resulta fundamental considerando que el proyecto de modificación debe ser informado por esa Secretaría en su etapa final de aprobación. Obtenido el informe de revisión, podremos dar inicio al procedimiento administrativo por parte de la Municipalidad contemplado en el artículo 2.1.11 de la OGUC.

 

Agradeciendo nuevamente sus comentarios que sin duda nos permitirán mejorar nuestra gestión en materia urbanística y esperanzados en poder iniciar a la brevedad la tramitación de este nuevo proyecto, le saluda atentamente,

 

 

Pablo de la Llera Martín

Asesor Urbanista

 

Municipalidad de Las Condes



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