29 Junio 2017

Propietarios de Condominio Las Palmas, unidos logran que Corte de Apelaciones declare fuera de norma a construcción que los afecta

Con fecha 21 de junio de 2017 fue fallado favorablemente el Reclamo de Ilegalidad interpuesto por vecinos propietarios colindantes al edificio “Don Augusto”, ubicado en Augusto Villanueva Nº61, a una cuadra de distancia del edificio donde ocurrió otro desplazamiento de tierra que le costó la vida a uno de los obreros de la construcción.

Los propietarios y vecinos representados por el Abogado Rodrigo Valdés Alé, asesor Jurídico de Los Adoquines de Ñuñoa y varias juntas de vecinos y grupos de propietarios afectados por el actuar arbitrario e ilegal del Director de Obras Municipales, están muy satisfechos con este fallo inapelable de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, que resulta ser el segundo reclamo de ilegalidad en su tipo ganado en Ñuñoa.

Esperamos todos que dicho fallo no sea objeto de otros recursos interpuestos por el Municipio que lleven a dilatar el cumplimiento de dicha resolución.

Esta sentencia se une a otras sentencias favorables a los propietarios de Ñuñoa afectados por actuaciones fuera de norma de la DOM y de las Inmobiliarias.

Los Propietarios contiguos al Edificio que se construye con el nombre de “Don Augusto”, ubicado en Augusto Villanueva Nº61, después de esperar casi 6 meses por la sentencia de la Corte de Apelaciones, y luego que las excavaciones de la obra, que se acercaron más allá de lo permitido por norma, hicieran colapsar los muros medianeros y generara graves desplazamiento de tierra que hizo ceder los  pequeños patios del condominio contiguo, resquebrajando los pisos y otras obras de albañilería que tenían en sus patios, recibieron al fin una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago.

El permiso ya había sido declarado como mal otorgado por el SEREMI, no ajustándose a derecho, para lo cual el Director de Obras debería invalidar el acto administrativo contrario a derecho, pero como el DOM no corrige oportunamente sus actuaciones y la Municipalidad no acogió el Reclamo de Ilegalidad presentado por los vecinos afectados, éstos debieron recurrir a la Corte de Apelaciones de Santiago.

Resulta paradojal que casi 6 meses después de vista la causa en la Corte de Apelaciones, ésta recién fuera acogida, es curioso que el DOM todavía no se percate y la SEREMI requiriera 5 meses para concluir lo evidente y la Corte de Apelaciones necesitara 6 meses para percatarse de la existencia del virtual sexto piso, en zona Z4-M de 5 pisos, cuando los vecinos se dieron cuenta inmediatamente.

El DOM se defiende citando un oficio para otro edificio e indicando que ya está solucionado y corregido el Permiso (pero los vecinos viven al lado y son testigos directos que los problemas todavía no se solucionan), el Alcalde se defiende haciéndole caso al DOM, el SEREMI se defiende indicando que el Municipio se demoró mucho en enviar los antecedentes, olvidando que los propietarios colindantes acompañaron copia de los planos y de los antecedentes relevantes y la Corte de Apelaciones parece que demoró mucho en encontrar las firmas de los Ministros que vieron el caso, incluso redactó una sentencia explicando erradamente el razonamiento de un Ministro en minoría que no logró entender el problema de construir un piso más y que fundamenta su sentencia en minoría que había discrepancia entre el DOM de Ñuñoa y el SEREMI Metropolitano, cuando el SEREMI es el superior técnico en materias del Plan Regulador.

Todo resulta incomprensible a los vecinos afectados.

Pero hay un resultado esperanzador para los vecinos, que la Corte de Apelaciones tardara pero finalmente acogiera que los vecinos del edificio “Don Augusto”, ubicado en Augusto Villanueva Nº61, obtuvieran un resultado positivo de la Corte de Apelaciones la cual acogió el Reclamo de Ilegalidad presentado y que el Municipio rechazó erradamente en su momento.
 
Esto permitirá, a pesar que seguramente el Municipio insistirá erróneamente en su postura, que los vecinos puedan iniciar acciones civiles en contra del DOM, Municipio e inmobiliaria.

A estas alturas toda la comuna se hacen las siguientes preguntas que esperamos pronto sean contestadas:

 

  1. ¿Por qué el Director de Obras no invalida actos manifiestamente ilegales, como ya lo ha señalado reiteradamente su propio superior jerárquico (SEREMI) y prefiere que sean invalidado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago o la Corte Suprema?, obligando a los contribuyentes de Ñuñoa a financiar juicios de su propio bolsillo y a su vez generando gastos innecesarios del patrimonio Municipal.
  2. ¿Por qué el Sr. Alcalde no actúa más decididamente en favor de los reclamantes de una vez por todas? Aceptando de un comienzo los Reclamos de Ilegalidad presentados por los vecinos.

Este fallo constituye un nuevo gran triunfo para los vecinos de Ñuñoa y ampara a los propietarios víctimas de abusos por todos conocidos.

Un extracto de la sentencia indica:

“Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto por el artículo 151 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, Ley de Urbanismo y Construcción, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, Ordenanza, Plan Regulador Comunal de Ñuñoa, se acoge el reclamo de ilegalidad de lo principal de fojas 53, sólo en lo que a la ocupación en más de un 20% del piso mecanizado o mirador se refiere, declarándose ilegal el permiso de edificación N°234, en lo que dicho punto se refiere, rechazándose en lo demás el reclamo de autos.

 

El fallo completo lo puedes bajar o leer haciendo click aquí.
 
El Decreto Municipal que rechaza en primera instancia el Reclamo de Ilegalidad presentado ante el Municipio y que por este motivo debió se interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Santiago se puede bajar o leer haciendo click aquí.
 
Sigue extrañando a los vecinos que el motivo principal de la denuncia, el desplazamiento de los patios del condominio colindante, no fuera tomado en consideración. Cuando inspectores de la SEREMI visitaron el lugar, vieron los estragos, fueron testigos que las excavaciones estaban a mucho menos de 2 metros y sin las obras adecuadas para contener el desplazamiento de tierra, situación que meses después cobró la vida de uno de los obreros de una construcción a una cuadra de distancia.
 


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