15 Marzo 2016

Malls, Legislación Sectorial y Libre Mercado

Columna de opinión de Patricio Herman de Defendamos la Ciudad publicada en Estrategia el 14.03.2016 

El libre mercado necesariamente debe funcionar con actores privados que siempre se ciñan a las leyes y en tal sentido es urgente que todos así lo entendamos para evitar males mayores.

Encontramos burlesco que el mall Plaza Copiapó de Falabella le hubiera solicitado a la compañía de seguros un pago indemnizatorio como consecuencia de los destrozos y ausencia de operación del edificio en razón del aluvión del año pasado, tal como lo señaló el perspicaz D'Artagnan en carta del 03/03/16.  Evidentemente el mall con el cobro de la póliza sorprendió a la ingenua compañía de seguros porque el emplazamiento del mismo se localizó irregularmente en un sector inundable del río Copiapó, tal como fue corroborado por el MOP.   

Por otro lado el mall Plaza de los Ríos en  Valdivia decide construir ciertas voluminosas obras de ampliación sin solicitar los permisos necesarios en la Dirección de Obras Municipales (DOM) sin que la autoridad local ordene la paralización de faenas, asunto denunciado oportunamente en la Contraloría General de la República, sin que ésta resuelva iniciar un proceso disciplinario en esa oficina municipal. 

El mall Marina Arauco 2, de propiedad en partes iguales de Cencosud, Parque Arauco y Ripley, localizado en la calle 14 Norte en Viña del Mar inició su construcción hace un par de años con un permiso de edificación caducado porque fue otorgado hace 16 años a otra empresa del retail y Cencosud intenta mantener vigente un permiso de edificación del año 2000, cursado también a otra empresa, que contenía normas urbanísticas de Las Condes para levantar un mall en la avenida Presidente Kennedy 8950, comuna de Vitacura. 

En estos 2 casos la Contraloría, ante las denuncias ciudadanas presentadas, escuchando a los actores privados que deseaban mantener vigentes las anticuadas y muy permisivas normas urbanísticas contenidas en esos actos de hace 3 lustros, resolvió exigir el cumplimiento del marco regulatorio que establece una vigencia de 3 años para ese tipo de actos administrativos y consecuentemente sendas DOM certificaron las caducidades automáticas.

El libre mercado necesariamente debe funcionar con actores privados que siempre se ciñan a las leyes y en tal sentido es urgente que todos así lo entendamos para evitar males mayores. 

Fuente: http://www.estrategia.cl/3612/Columna

 



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