12 Mayo 2014

Inadvertencias en la Municipalidad de Santiago

Columna de opinión de Patricio Herman de Fundación Defendamos la Ciudad publicada en diario Estrategia el 12 de mayo 2014.

El antiguo edificio en donde funciona la sede del Colegio de Enfermeras de Chile, con 2 pisos y una altura de 8,81 metros, localizado en la calle Miraflores 563, comuna de Santiago, ha sido elogiado por los entendidos en patrimonio arquitectónico por su belleza y estilo. Se emplaza en el centro de esta ciudad, sector que todavía conserva significativas edificaciones y espacios públicos de valor histórico y patrimonial de principios del siglo XX. 

Lo anterior, a pesar de que con ciertas rebuscadas interpretaciones de las normas, se han demolido unos cuantos inmuebles considerados hitos históricos y al respecto señalamos que la Municipalidad de Santiago, a través de su Plan Regulador Comunal (PRC), protege ya sea las edificaciones de Conservación Histórica clasificadas como tales por el propio municipio como los Monumentos Históricos, conforme la Ley Nº 17.288 de Consejo de Monumentos Nacionales. 

El artículo 27º de la Ordenanza Local de ese PRC señala que las nuevas edificaciones a ejecutarse en las manzanas en donde se sitúan los Monumentos Históricos tienen la obligación de ceñirse como máximo a la altura de los anteriores, pero hace algunos meses la Dirección de Obras respectiva desaprensivamente cursó un permiso de edificación para una construcción proyectada de 41,50 metros de altura con 13 pisos destinada a oficinas sobre la calle Monjitas 565, misma manzana. 

Los avispados vecinos que residen en el sector, conocedores de la reglamentación vigente y haciendo valer sus legítimos derechos urbanos, formularon los reclamos de rigor ante la propia municipalidad y como esta institución no se pronunció acerca de la ilegalidad en comento, se vieron en la necesidad de recurrir ante el Seremi de Vivienda y Urbanismo y ante la Contraloría General de la República (CGR) con la idea de que estos organismos exijan el cumplimiento del marco regulatorio, toda vez que la CGR en su dictamen 63.433 del 13/11/09 ya resolvió la materia. 

Veremos si la institucionalidad procede de acuerdo a derecho.



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