22 Junio 2010

Ciudades en un zapato chino

Columna de opinión de Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad, publicada en La Nación el 22 de junio de 2010.

Columna de opinión de Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad, publicada en La Nación el 22 de junio de 2010. Desde el 13 de febrero de 2004 está vigente una modificación al artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), aprobada irreflexivamente por los parlamentarios en ejercicio en esa época. Se refiere a la caducidad, en reducidos plazos determinados, de las declaratorias de utilidad pública para las calles (expresas, troncales, colectoras, locales y de servicio), parques intercomunales y comunales, incluidos sus ensanches, descritos en los instrumentos de planificación territorial de todo el país. Quien promovió ese erróneo cambio fue el vehemente Jaime Ravinet, a la sazón ministro de Vivienda y Urbanismo. Los plazos de caducidad en las áreas urbanas son de diez años para las vías expresas, y de cinco para las vías troncales y colectoras y parques, tanto intercomunales como comunales, plazo que se puede prorrogar, por una sola vez, por igual lapso para las vías troncales y colectoras y parques intercomunales. La fajas de vías locales y de servicio y los parques comunales debían caducar a los cinco años, la declaratoria caducó automáticamente, es decir, en febrero de 2004, para los terrenos localizados en las áreas rurales, y la correspondiente en las zonas de extensión urbana, cualquiera sea su destino, es de diez años, prorrogable por el mismo período. Luego, el 12 de febrero de 2009, debía caducar la utilidad pública para las vías más angostas, pero por los problemas existentes, se amplió tal caducidad en un año. Entonces, desde febrero de 2010 no existe utilidad pública para esas calles y para los parques comunales. Este radical y carente de análisis cambio en las reglas del juego se efectuó hace seis años porque muchos particulares se perjudicaban con las afectaciones por períodos indefinidos que, en muchos casos, llegaban a los 50 años sin que aquéllos pudieran disponer de una parte de sus terrenos. Asimismo se cometió otra equivocación al meter en un mismo saco a las vialidades con las áreas verdes, tipologías que, por sus características, siempre son necesarias, sobre todo en ciudades como las nuestras que tienen déficit de las mismas. Los parques bajo ninguna circunstancia pueden reducirse, por el contrario, es obligación del Estado materializarlos con abundantes árboles para mejorar la calidad del aire de las urbes, más aún las que, como Santiago, sufren con las consecuencias de la contaminación atmosférica. Esta materia la tratamos en columnas las “Cambios en la Ley de Urbanismo” y “Sobre la Ley de Urbanismo”, publicadas en La Nación el 23 de febrero y 3 de marzo de 2004, respectivamente, criticando fundadamente la modificación porque conocíamos las consecuencias nefastas para las ciudades que su implementación significaba. Entre otras cosas decíamos si quienes aprobaron esta modificación legal conocían el aumento creciente de la tasa de motorización que tenemos en nuestro país, cuestionando además que no existió un estudio acabado que sustentara el cambio. Decíamos que el artículo 59 de la LGUC debía mantenerse en el tiempo, buscando compensaciones económicas o de otro tipo para los perjudicados con esas declaratorias, lo que le expresamos a la Comisión de Vivienda del Senado en la ocasión en que nos recibió para conocer nuestra posición al respecto. Con el cambio legal los parlamentarios solucionaron una situación que lesionaba a particulares afectados por las declaratorias, pero irresponsablemente no crearon los instrumentos necesarios para asegurar el desarrollo de las vialidades en el mediano y largo plazo y el resguardo de las áreas verdes mínimas para la salud de la población. Recurrimos al Minvu para que se desistiera de su antojo, pero este ministerio, haciendo gala de su autoritarismo, permaneció imperturbable. Por ello, en una de nuestras columnas, afirmábamos hace seis años que, ante los hechos consumados, habría que atenerse a lo que vendrá. Ante la existencia de esta modificación legal, muchos municipios con la idea de que continúen afectas a ensanche las vías de servicio y locales, han mentido clasificándolas como colectoras y hasta troncales. Es decir, han pasado por alto sus perfiles (anchos de calzada y acera) y flujos vehiculares en razón de que no pueden prorrogar sus utilidades públicas. En la vialidad intercomunal del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) se redefinieron en febrero pasado varias calles aumentando sus clasificaciones, incluyendo las vías de servicio Martín de Zamora y la colectora Colón, en el tramo donde tiene un terreno Cencosud y en el cual se quería construir un mall, rechazado finalmente por los vecinos. Ahora estas dos calles, por arte de magia, son troncales a pesar de que técnicamente no califican para ello (sic). Por la anarquía que estamos viviendo y con el propósito de que las cosas se hagan bien, el lunes 14 de junio, en compañía de las arquitectas Ximena Bórquez, integrante del Comité de Desarrollo Urbano del Colegio de Arquitectos; Sandra Gysling, asesora urbana de la Municipalidad de Santiago, del arquitecto y urbanista Jonás Figueroa, académico de la USACh, y del abogado Roberto Perut, estos dos últimos miembros de nuestra fundación, nos recibió Magdalena Matte, ministra del ramo, a quien le planteamos todos los problemas derivados con el vencimiento de las caducidades en comento. La conversación fue muy franca, y aunque la ministra no se comprometió a nada, porque tratándose de una política del gobierno anterior era delicado que emitiera juicio, tenemos la seguridad de que sus especialistas resolverán de la mejor forma la situación para que así podamos salir de este zapato chino.



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