03 Junio 2008

Conjuntos Armónicos

Columna de Patricio Herman, publicada en Diario Estrategia, 3 de junio de 2008.

Columna de Patricio Herman, publicada en diario Estrategia, 3 de junio de 2008 En la legislación de Vivienda y Urbanismo existe la figura de excepción denominada “Conjuntos Armónicos”, que son aquellos grupos de edificios que se amparan en un permiso otorgado por las Direcciones de Obras Municipales. Estos se benefician con mayores coeficientes de constructibilidad y mayores alturas que las vigentes en los instrumentos normativos urbanos de los distintos barrios o áreas de las comunas. En términos generales, para hacerse acreedor a las ventajas que otorgan tales “Conjuntos” los titulares de los proyectos inmobiliarios deben emplazar sus edificios en un terreno de una superficie mínima de 2.500 m2 cuyo frente sea de 50 m y debe enfrentar una vialidad importante de un ancho de 20 m entre líneas oficiales y que su calzada disponga de al menos 14 m. de amplitud. Con ello el Estado quiso beneficiar a las grandes inmobiliarias para que sus negocios fueran más rentables que las de sus competidores más pequeños quienes carecen del capital necesario para adquirir grandes extensiones de terrenos. Pero como en Chile se ha hecho una práctica la “interpretación” de los marcos regulatorios para que algunos saquen ventajas en sus iniciativas comerciales, fue necesario que la Contraloría General de la República haya emitido el dictamen Nº 17.707 del 17 de Abril pasado. En efecto, el ente fiscalizador impartió instrucciones a una municipalidad para que invalidara un permiso de edificación de un proyecto inmobiliario acogido a los superlativos beneficios de los “Conjuntos Armónicos” porque contemplaba la construcción de un solo edificio de 18 pisos. La Contraloría expresó que los “Conjuntos Armónicos” necesariamente están conformados por agrupaciones de edificios que constituyan una unidad espacial propia distinta del carácter general del barrio o sector y que por ello, el Director de Obras respectivo tenía que adoptar las medidas de rigor para regularizar la situación, ya que por contemplar el proyecto sólo un edificio el permiso no se ajustaba a derecho. Y pensar que algunos claman por reducir las atribuciones de la Contraloría.



Inicia sesión para enviar comentarios