08 Febrero 2008

Alcaldes que regalan áreas verdes

Columna de opinión de Patricio Herman, publicada en diario La Nación el 07 de febrero de 2007

Columna de opinión de Patricio Herman, publicada en diario La Nación el 07 de febrero de 2007. Las instalaciones ejecutadas en el parque sobrepasan con creces el porcentaje de ocupación autorizado e incluso existen edificaciones no permitidas, como una vivienda de la sanitaria Aguas Andinas. La prensa ha informado que la Junta de Alcaldes de Las Condes, La Reina y Providencia, meros administradores del Parque Intercomunal de La Reina, hoy llamado Padre Hurtado, había decidido sigilosamente ceder una porción de esa área verde a la organización religiosa Schoenstatt para que construya allí un equipamiento denominado Casa de Familia. En La Nación del 5 de febrero se aclaró que la decisión de regalar ese predio había sido tomada sólo por los alcaldes de Las Condes, Francisco de la Maza, y de La Reina, Luis Montt, y que el alcalde de Providencia, Cristián Labbé, se había abstenido y el asunto no había sido tratado en los respectivos concejos municipales. Dos alcaldes caritativos han procedido como dueños de fundo al disponer discrecionalmente de terrenos que no les pertenecen como personas naturales. Ahora bien, este magnífico parque está localizado de la siguiente manera: una parte de 50 hectáreas en la comuna de La Reina y la otra parte, de 60 hectáreas, en la comuna de Las Condes, donde funciona en la actualidad en concesión por 30 años la Ciudad Deportiva de Iván Zamorano. Ambas explanadas se encuentran separadas por Avenida Padre Hurtado. Con el propósito de que se cumplan las normas regulatorias urbano-ambientales, señalamos que en el artículo 5.2.3.1. del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) se establecen los usos de suelo permitidos en esa tipología. Ahí se indican los porcentajes máximos de ocupación de suelo (5%) y coeficientes máximo de constructibilidad (0,05%) para los acotados equipamientos que allí se pueden emplazar. En la actualidad, las instalaciones ejecutadas en el parque sobrepasan con creces el porcentaje de ocupación autorizado e incluso existen edificaciones no permitidas, como una vivienda de la sanitaria Aguas Andinas y otras que no es del caso describir, lo que debemos entender como hechos irregulares consumados, tan recurrentes en nuestro país. Haciendo un poco de historia, la porción del área verde (1,5 hectáreas) elegida por esos dos alcaldes para cedérsela al privado tuvo que ser restituida como tal hace algunos años, gracias a la denuncia formulada por nosotros ante el Consejo de Defensa del Estado (CDE), porque la Municipalidad de La Reina había modificado su uso de suelo para poder edificar en altura, tal como lo deseaba el influyente sector de la construcción. Esa decisión, curiosamente autorizada por todas las instancias del Estado, incluyendo la toma de razón de la Contraloría General de la República, se adoptó al margen de la normativa del antiguo Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), generado por el Decreto Supremo 16 de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. En particular, se había violado la medida M4OTR1 de ese instrumento normativo ambiental, que prohibía la desafectación de los parques metropolitanos, intercomunales y áreas verdes complementarias, porque estas tipologías son muy necesarias para combatir la contaminación del aire. El CDE conminó al municipio a recuperar ese espacio verde. Estamos ante un segundo intento de violentar los marcos regulatorios urbanísticos y por ello, pese a la buena opinión que tenemos del respetable donatario, esperamos que ahora las instituciones funcionen para que esa área verde sea disfrutada en plenitud por la comunidad. Que sirva esta ocasión para reconocer el aporte al debate público que han hecho los concejales de La Reina Adriana Muñoz y Francisco Olea y de Las Condes Hugo Unda, quienes han hecho prevalecer los legítimos intereses de los vecinos. El soberano en los regímenes democráticos es el pueblo y en este caso los alcaldes De la Maza y Montt han procedido mal, no sólo porque la normativa del PRMS impide la ejecución del equipamiento del movimiento religioso, sino porque tomaron la decisión de donarle el terreno sin consultar a sus mandantes.



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