06 Diciembre 2007

Estructuras de antenas telefónicas

Columna de opinión de Patricio Herman, publicada el martes 04 de Diciembre de 2007 en Diario Financiero.

Columna de opinión de Patricio Herman, publicada el martes 04 de Diciembre de 2007 en Diario Financiero. La Ley General de Urbanismo y Construcciones dice que todas las actividades asociadas a su nombre, de cualquier naturaleza, requieren permiso de la Dirección de Obras Municipales, con las excepciones que señale la Ordenanza General, instrumento normativo que reglamenta la aplicación de dicha Ley. En la actualidad las estructuras que soportan las antenas de telefonía celular se pueden instalar en cualquier espacio público o privado y por ello la opinión pública ha conocido infinidad de reclamos de grupos ciudadanos. El Ministerio de Vivienda y Urbanismo, señaló en la Ordenanza General la forma cómo las antenas de telecomunicaciones, con sus soportes y elementos rígidos se pueden instalar. La empresa de telefonía sólo avisa con 15 días de anticipación y la dirección de obras está obligada a darle el visto bueno. Se estableció que tales torres deben tener un distanciamiento hacia los sitios vecinos, equivalente a un tercio de su altura total, pero sin indicar un límite de esa altura y cuando se trata de instalaciones en el espacio superior de los edificios, la distancia es de un cuarto. Por falta de fiscalización, tales distancias en general no se cumplen. Tres diputados presentaron un proyecto de ley que iba a solucionar eficazmente la actual situación de indefensión ciudadana y para ello fueron derecho al grano y sin circunloquios, propusieron agregar en la Ley la expresión “dichas excepciones en ningún caso podrán estar referidas a las antenas emisoras o trasmisoras para servicios telefónicos, antenas de intercomunicación de cualquier tipo ni antenas de señales radio eléctricas, así como sus soportes y elementos rígidos y adicionales, aunque se trate de instalaciones accesorias a otra edificación, las que siempre requerirán permiso de la Dirección de Obras Municipales, previa solicitud del propietario”. Nadie discute que el emplazamiento de estas torres debe ser autorizada por la autoridad sectorial de cada comuna y por ello valoramos la iniciativa de esos diputados. Pero el gobierno entendió que era mejor enviar al Congreso Nacional otro proyecto de ley más descriptivo, el cual, esperamos se apruebe a la brevedad.



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