12 Marzo 2021

Cencosud vuelve a la carga con su mall Alto Las Condes 2 en Vitacura, cuyo permiso de edificación fue declarado caduco

Leer nota enviada el 12/03/21 a la funcionaria municipal que deberá resolver.  

Santiago, 12/03/21 

 

Sra. Carolina Zúñiga

DOM para resolver negocio inmobiliario 

Alto Las Condes 2 de Cencosud

Presente 

 

Estimada Carolina:

Con el único propósito de que no vaya a cometer un error garrafal en su próxima decisión sobre el proyecto de Cencosud, me veo en la obligación de decirle que en un "téngase presente" de fecha 02/02/15 con ingreso N° 168806 del abogado Sebastián Rivera en representación de esa empresa, al contralor general de la República, aludiendo a la denuncia del 15 de octubre de 2014 de la fundación Defendamos la Ciudad, respecto de la caducidad automática del permiso de edificación N° 121/2000 otorgado por el DOM de entonces con las desmesuradas normas de edificación de la Municipalidad de Las Condes, dicha empresa le pide que se levante la caducidad, reconociéndola respecto del mencionado permiso, pero argumentando que se deberían caducar otros tantos permisos que ya no están vigentes, de acuerdo al artículo 1.4.17 de la OGUC, lo que se aprecia en las páginas 25 y 26, ver documento adjunto, de ese "téngase presente".

Si Cencosud desea proponer al municipio un proyecto menos invasivo, previa modificación del permiso N° 121/2000, caducado conforme a derecho por la DOM titular y como lo dictaminó la Contraloría General de la República, ello no es posible por razones obvias. Sería hasta burlesco que su municipio reviviera un acto administrativo cursado hace 21 años atrás solo para congraciarse con Cencosud. 

Recuerde que el estallido social de octubre de 2019 fue una respuesta a la desigualdad existente en Chile y a los abusos que cometen muchos actores para obtener ventajas ilícitas en los mercados y por ello la insto a que se rija por los hechos objetivos del desarrollo del caso. 

En resumen, Cencosud reconoce formalmente que el permiso está caducado, motivo por el cual, la municipalidad deberá proceder con probidad absoluta, informándole al dueño del terreno que solicite un permiso de edificación, adscribiéndose a las normas urbanísticas fijadas en el Plan Regulador Comunal (PRC) de Vitacura.   

Atentamente,

Patricio Herman 

 



Inicia sesión para enviar comentarios