27 Junio 2006

Denuncian construcción ilegal de viviendas en el Área de Preservación Ecológica (sobre la cota 1.000 msnm) en la comuna de Lo Barnechea

A las 10,30 hrs. de hoy martes la Agrupación "Defendamos la Ciudad" representada por su vocero Patricio Herman y la arqueóloga de la UCH Virginia McRostie, ingresaron en la Contraloría General de la República el documento que se lee más adelante, en donde se acredita, con documentación de respaldo, la violación sistemática del área de preservación ecológica en esa comuna precordillerana.

El primero de los nombrados señaló "es impresentable lo que está sucediendo en esta área protegida por el Estado de Chile. Desde hace mucho tiempo se está violando la normativa del Plan Regulador Metropolitano de Santiago y oh sorpresa ! el propio Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica, con el cual las autoridades pretenden reducir la pésima calidad del aire capitalino. De nada sirve tener sesudos instrumentos normativos si las autoridades brillan por su ausencia. Estamos convencidos que las anteriores no ejercen sus atribuciones legales por temor a que los "vivos de siempre" los consideren "estatistas" que ponen trabas burocráticas a la necesaria inversión privada que absorbe mano de obra y que impulsa el crecimiento de la ciudad en las zonas excluídas al desarrollo urbano. Esperamos que la Contraloría emita un dictamen ejemplificador para que tales funcionarios públicos incompetentes entiendan que sus roles son preocuparse del cumplimiento de las normas sectoriales fiscalizando adecuadamente. Si no son capaces de aquello, deberían irse al sector privado a hacer buenos negocios. La ciudadanía necesita que sus autoridades se sientan comprometidas con el bien común". La arqueóloga Virginia McRostie expresó "estoy indignada con lo que está pasando en los faldeos del cerro Pochoco, situado en el sector alto de la cuenca de Santiago, ya que unos particulares están destruyendo una quebrada y ladera sur adyacente con gran pendiente. Fui a la Municipalidad de Lo Barnechea a reclamar y me pidieron que hiciera una carta a la alcaldesa, quien no respondió. Fui a la Fiscalía Oriente, en donde me sugirieron que esperara los resultados de la investigación y en el Juzgado de Policía Local me aconsejaron que contratara a un abogado, mientras tanto las retroexcavadoras siguen abriendo caminos y destruyendo el bosque de especies protegidas por ley. Porqué no se respeta el patrimonio natural en Chile ?" (FIN) Patricio Herman 2330321-09/2585459 Virginia McRostie 2423006-09/6122920 Más adelante se lee documento ingresado en la Contraloría General de la República Ingreso Nº 039275 del 27/06/06 en Oficina de Partes de la Contraloría Santiago, martes 27 de Junio de 2006 Señora Noemí Rojas Llanos Sub-Contralora General de la República Patricio Herman Pacheco, en representación de la Agrupación "Defendamos la Ciudad", con domicilio en Luz 2889, Depto. 34, Las Condes y Virginia McRostie Bustamante, arqueóloga de la Universidad de Chile, con domicilio en Av. Club de Golf 10.915, Las Lomas de La Dehesa, Lo Barnechea, se dirigen a usted para darle a conocer una violación sistemática de las normas urbanísticas (restricción para edificar sobre la cota 1.000 msnm) vigentes en la región metropolitana, con lo cual se entorpecen las políticas ambientales orientadas a reducir los altos niveles de contaminación que padecemos. En efecto, el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) en su capítulo 8.3 describe las áreas de valor natural y/o de interés silvoagropecuario, las que se enmarcan en el título 8º "Área Restringida o Excluida al Desarrollo Urbano" de ese instrumento normativo. A su vez, dichas "áreas de valor natural", se dividen en : Áreas de Preservación Ecológica Áreas de Protección Ecológica con Desarrollo Controlado Áreas de Rehabilitación Ecológica De estas tres, las más restrictivas en términos de uso de suelo, son las áreas de preservación ecológica, las que deben ser mantenidas en su estado natural para contribuir al equilibrio y calidad del medio ambiente, como también para preservar el patrimonio paisajístico, entre otros, de la comuna de Lo Barnechea y de diversas otras comunas de región metropolitana. Forman parte de esta tipología las zonas que tengan características de Áreas Silvestres Protegidas, como los Parques Nacionales, Reservas Nacionales, Áreas Complementarias a las iniciales y que corresponden a los Santuarios de la Naturaleza y Lugares de Interés Científico y en general todas aquellas áreas que conforman Reservas Naturales, Monumentos Naturales y Áreas de Protección Existentes. En las "Áreas de Preservación Ecológica" sólo se permite el desarrollo de actividades que aseguren la permanencia de los valores naturales y sus exclusivos usos son para fines científicos, culturales, educativos, recreacionales, deportivos y turísticos, con instalaciones mínimas e indispensables para su habilitación, siempre y cuando la autoridad competente haya calificado favorablemente un Estudio de Impacto Ambiental. En todo caso en las "Áreas de Preservación Ecológica" no se permiten las divisiones prediales, situación que debe ser fiscalizada por las diferentes Direcciones de Obras Municipales de las comunas y por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) dependiente del Ministerio de Agricultura. Ahora bien, en el "Área de Preservación Ecológica" de la comuna de Lo Barnechea, se han construido conjuntos habitacionales irregulares en Camino a Huallalolén Nº 20.515 en la propia zona de influencia de la Quebrada del mismo nombre y en Camino El Cajón Nº 18.100. Nos preocupa sobremanera que algunas de las construcciones ilegales han intervenido el cauce de la Quebrada de Huallalolén, con lo cual se ha producido un daño ambiental de proporciones en esa área protegida, situación que ya hemos tratado con el abogado Iván Poklepovic, de la Unidad de Medio Ambiente del Consejo de Defensa del Estado, con el Seremi de Vivienda y Urbanismo, sociólogo Nelson Morales y con la arquitecta Cecilia Castillo, de Asesoría Urbana de la Municipalidad de Lo Barnechea. El 2 de Junio de 2006 le representamos esta flagrante infracción a la institucionalidad urbana-ambiental a la Directora de Obras de Lo Barnechea, quien nos respondió mediante Oficio DOM Nº 654/2006 del 15 de Junio de 2006. El 13 de Junio de 2006 se dirigió a nosotros el señor Matías Villalobos, uno de los residentes en la zona de la Quebrada de Huallalolén, ya que había tomado conocimiento del hecho, según nos manifestó verbalmente, accediendo a nuestra página web www.defendamoslaciudad.cl, dándonos a conocer sus puntos de vista con respecto a la situación planteada y entregándonos documentación de respaldo que en este acto entregamos a la Contraloría para su análisis. Lo preocupante es que, según información oficiosa que adjuntamos, en esa "Área de Preservación Ecológica", ya se han construido centenas de viviendas ilegales, eliminándose abundante vegetación nativa y, aunque Ud. no lo crea, se están iniciando otros loteos irregulares, situación que se produce porque las instituciones sectoriales no reaccionan a tiempo cuando reciben las denuncias de ciertos particulares responsables amantes de la naturaleza. Según la documentación con título "Construcción de viviendas sobre cota 1.000 de más de una casa por lote" en el Camino a Farellones (hasta kilómetro 13) en Camino Huallalolén y en el Camino Los Refugios existen 433 inmuebles irregulares y hacemos notar que las 27 casas localizadas en el loteo irregular Camino Huallalolén, según nos acreditó el señor Villalobos, reciben del Servicio de Impuestos Internos la boleta de pago de contribuciones de bienes raíces. (sic). Dado que todas las instituciones públicas relacionadas con la materia conocen la ilegalidad en comento desde hace tiempo y algunos privados continúan loteando, sin que nadie ejerza su autoridad para detener esta irresponsable y creciente depredación ecológica, le solicitamos urgentemente un dictamen esclarecedor para que, tanto la Conaf, Conama, SAG, Minvu, Dirección General de Aguas del MOP, Protege, Intendencia Metropolitana, Consejo de Defensa del Estado y Municipalidad de Lo Barnechea se pongan de acuerdo con el sano propósito de que todas en conjunto hagan imperar el Derecho en este asunto tan sensible como vergonzoso. En todo caso, le hacemos notar que en la especie, las autoridades competentes se han referido sólo a las 27 viviendas irregulares situadas en Camino a Huallalolén Nº 20.415 y las 2 localizadas en Camino El Cajón Nº 18.100. En la documentación que adjuntamos no se habla del resto de las 404 construcciones ilegales, las cuales posiblemente ni pagan contribuciones de bienes raíces, lo cual sería bastante "lógico", ya que no cuentan con permisos de edificación ni recepción final de la Dirección de Obras de Lo Barnechea. Tal como lo hemos manifestado públicamente en algunos medios de prensa, estimamos que ha llegado la hora de que las instituciones públicas funcionen, ya que en el sentido contrario tiempos oscuros se nos avecindan. Por ello solicitamos que la Contraloría General de la República instruya a los servicios del Estado responsables para que apliquen con rigor ejemplificador los artículos de la Ley General de Urbanismo y Construcciones que entregan atribuciones precisas a los alcaldes y Seremis de Vivienda y Urbanismo para regularizar el uso de esas áreas protegidas. ................................. ................................. Se adjunta : Carta del 31/05/06 a "Defendamos la Ciudad" Carta a DOM Lo Barnechea y Seremi de V. y U. del 02/06/06 OF. DOM Nº 654/2006 DOM Lo Barnechea del 15/06/06 Carta del 08/05/06 de Protege a Conama Carta del 25/05/06 de Virginia McRostie a Protege Carta del 29/05/06 de Virginia McRostie a DOM Lo Barnechea Carta con fotografías del 08/05/06 de Virginia McRostie a DOM Lo Barnechea Denuncia del 14/02/06 de DOM Lo Barnechea a Fiscalía Local Las Condes Carta del 09/06/06 de Comunidad de facto Huallalolén a Alcaldesa de Lo Barnechea Construcción de viviendas sobre la cota 1.000, de más por lote en Comuna de Lo Barnechea Carta del 20/09/05 de Verónica Gastó y Andrés Bluhm a Director del SAG Resumen de la situación legal de la Comunidad Los Peumos del Arrayán y diversos certificados de contribuciones de bienes raíces, entregados a nosotros por Matías Villalobos el 13/06/06. Comentarios a la noticia: Hola amigos: Les pido disculpas por lo sintético. Resumo: Yo soy vecino al loteo irregular del Camino El Cajón 18.100.- Comprenderán mi indignación al respecto, dado que se está destruyendo groseramente la quebrada en cuestión. Para que hablar del acceso al cerro y otros. Les informo que aqui se esta presentando una situación talvez aún más irregular, dado que los vendedores son religiosos y muy probablemente los terrenos fueron donados por el estado en algún momento atrás en el tiempo. Les adjunto valiosa documentación de la venta, que puede servir para detener esto. saludos MRA REPERTORIO Nº 2005 CESION DE DERECHOS BENJAMÍN WOSNIUK MOROZ Y JULIA GEORGE HAZBUN ZARZAR A &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EN SANTIAGO DE CHILE, a ................de Abril de dos mil cinco, ante mí, EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público Titular de la Vigésimo Séptima Notará de Santiago, con oficio en Orrego Luco cero cinto cincuenta y tres, Providencia, comparecen por una parte como cedentes don BENJAMÍN WOSNIUK MOROZ, argentino, soltero, religioso, cédula de identidad numero tres millones seiscientos ochenta y ocho mil trescientos treinta y siete guión cinco y doña JULIA GEORGE HAZBUN ZARZAR, colombiana, religiosa, soltera, cédula nacional de identidad número cuatro millones quinientos setenta y cinco mil doscientos treinta y seis guión cuatro, ambos domiciliados en Avenida El Cajón número dieciocho mil ciento setenta y seis, Comuna de Lo Barnechea y por la otra como cesionario don ...........................................C.I. Nº..................., domiciliado ............., comuna de ......................., los comparecientes mayores de edad quienes acreditan sus identidades con las cédula indicadas y exponen: PRIMERO: Don Benjamín Wosniuk Moroz y doña Julia George Hazbun Zarzar, son dueños en común y por iguales partes de un bien raíz ubicado en la Comuna de Lo Barnechea denominado Parcela El Cerro del Sector Cajón del Arrayán, anteriormente Comuna de Las Condes, que adquirieron en común con doña Klavdia Roumantzva Kuchereva y doña Naima Joanna Yaghnam Khouny, encontrándose el dominio inscrito a su nombre a fojas cuatrocientos treinta y cinco número quinientos noventa y dos correspondiente al año mil novecientos setenta y tres. Posteriormente al fallecimiento de doña Klavdia Roumantzva Kuchereva, don Benjamín Wosniuk Moroz y doña Julia George Hazbun Zarzar adquirieron por herencia los derechos de esta en el dominio del predio, encontrándose inscritos estos derechos a su nombre a fojas cinco mil setecientos noventa y nueve número cuatro mil seiscientos sesenta y siete del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos ochenta y ocho. Posteriormente al fallecimiento de doña Naima Joanna Yaghnam Khouny don Benjamín Wosniuk Moroz y doña Julia George Hazbun Zarzar, adquirieron por herencia los derechos de esta en el dominio del predio, los que se encuentran inscritos a fojas cincuenta y nueve mil seiscientos veintiuno número cincuenta y siete mil ciento noventa y siete del Registro de Propiedad Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos noventa y siete.- SEGUNDO: La parcela, según sus títulos, tiene una superficie de cincuenta y tres hectáreas, dos décimos de hectárea y tres mil quinientos metros cuadrados. TERCERO: Por escritura pública de fecha dieciséis de Noviembre de dos mil cuatro, suscrita en esta notaría, se rectificó el deslinde Poniente, que divide La Parcela El Cerro, con las Parcelas siete, ocho y nueve del Plano de la Parcelación Arrayán Oriente. Conjuntamente con dicha escritura de rectificación, se protocolizó un plano firmado por ambos propietarios, el que se subscribió al margen de la inscripción de dominio del predio. Como consecuencia de esta rectificación, la superficie del predio es de cincuenta y dos coma cuatro hectáreas.- CUARTO: Los deslindes del bien raíz son los siguientes: NORTE: Parcelas números siete, ocho y nueve, en un recorrido de mil ciento setenta y seis metros mas o menos por la parte alta línea divisoria de aguas de un cordón secundario de cerros que la divide del resto del Fundo Arrayán Oriente. SUR, Parcela número siete, en un recorrido de cuatrocientos ochenta y dos metros, mas o menos, por la parte alta, línea divisoria de aguas de un cordón occidental del cerro Pochoco, que la divide de la Hijuela A del Weck End del Arrayán de propiedad de don Mario Vicuña y poniente, Parcela número siete entre los puntos B-Z, parcela número ocho en una línea curva de un recorrido de trescientos veintisiete metros en línea curva construida sobre la cota mil, concordante con el plan regulador metropolitano de Santiago y con Parcela número nueve.- QUINTO: Por el presente instrumento don Benjamín Wosniuk Moroz y doña Julia George Hazbun Zarzar ceden a don ................................. un cero coma cuarenta y nueve por ciento de los derechos en el dominio del predio antes individualizado, correspondiente a una superficie de dos mil quinientos metros cuadrados. SEXTO: El precio de la cesión de derechos es la suma de Treinta y un millones quinientos mil pesos, equivalentes al día de hoy a ................ Unidades de Fomento que la cesionaria cancela de la siguiente forma: a) Con la suma de ,,,,,,, al contado en este acto que los cedentes declaran recibir íntegramente y a su entera satisfacción.- SEPTIMO: Los derechos se venden libres de Hipotecas, gravámenes prohibiciones y litigios, respondiendo los cedentes del saneamiento y edición en conformidad a la ley. OCTAVO: La entrega material de los derechos que en este acto se ceden se efectúa en este acto a satisfacción del cesionario.- NOVENO: Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales. DECIMO: Se faculta al portador de copia autorizada del presente contrato para requerir en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente las inscripciones y subscripciones correspondientes. Se deja constancia del siguiente documento: Tesorería General de la República.- Formulario:30.- Hazbun Zarza Julia y Otros.- Parcela del Cerro.- Lo Barnechea.- Cuota: 4.-Año2004.-Número de rol:3140-001.-Contrib.Municipal: $36.384.-Total a pagar: $ 36.834.- Hay timbre Servipag 30 Nov.2004.- En comprobante y previa lectura firman los comparecientes.- Se da copia.- DOY FE.=



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