06 Diciembre 2005
Comunicado de Prensa

PERMISO DE EDIFICACION DE CALLE CARMENCITA 262, LAS CONDES

05 de diciembre de 2005. Intervención del Concejal Hugo Unda en el Concejo Municipal de Las Condes del lunes 05/12/05 en la hora de incidentes

Antes que nada señalamos que no aceptamos la pretensión del alcalde Francisco de la Maza, en orden a que esta trascendente discusión sea secreta y que, por lo tanto, no quede reflejada en Actas. El discurso del señor alcalde sobre la materia sí fue secreto y no quedará reflejado en Actas, a pesar de que las grabaciones pueden ser obtenidas por los concejales. Quien suscribe rechazó de plano esa falta de transparencia y entregó el texto que se lee más adelante al secretario abogado de la Municipalidad de Las Condes y por tal motivo se da a conocer a la opinión pública. "Quiero comenzar recordando a los presentes que voy a plantear un tema ya discutido en la sesión de Comisión de Concejo Municipal Nº 245, de 2 de mayo de 2005 - el permiso de construccion de un edificio ubicado en calle Carmencita 262 – ya que desde ese entonces hasta la fecha han ocurrido una serie de hechos extremadamente serios y preocupantes, de los cuales los concejales, al menos el que habla, no ha recibido información alguna. Me he enterado que por sentencia de 18 de octubre de 2005 la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto por Inmobiliaria Loft Carmencita Limitada en contra de la Seremi de Vivienda y Urbanismo, la que con fecha 3 de marzo de 2005, mediante Ord. Nº 700, resolvió un reclamo presentado por vecinos de la comuna en contra de la Dirección de Obras. El Ord. Nº 700, de la referida Seremi, sentencia dos cosas: que el Permiso de Edificación Nº 344/2004 contraviene el Plan Regulador Comunal y es por tanto ilegal; y que la Directora de Obras infringió la Ley de Procedimiento Administrativo al negar a los vecinos reclamantes los antecedentes que condujeron al otorgamiento del citado permiso, antecedentes que fueron solicitados por ellos con más de un mes de antelación a la fecha en que el permiso fue otorgado. La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago fue confirmada por la Corte Suprema con fecha 30 de noviembre de 2005, cuya Tercera Sala rechazó por unanimidad la apelación intentada por la Inmobiliaria, hecho que ha sido ampliamente difundido por todos los diarios el día sábado 3 de diciembre en curso. Por otra parte, a pesar de estar en antecedentes del reclamo deducido por los vecinos ante la Seremi y del recurso de protección interpuesto por la Inmobiliaria en contra de la Seremi, cuyos resultados han sido totalmente adversos a la Municipalidad, ni la Directora de Obras ni el sr. Alcalde han decretado la paralización de las obras que se levantan en Carmencita 262. Esta inacción ha permitido que al día de hoy el edificio en cuestión esté prácticamente terminado, aunque me imagino que no se le ha otorgado la Recepción Final, aspecto sobre el que solicito al sr. Alcalde nos informe. Tengo entendido además que los vecinos han solicitado por escrito, tanto al sr. Alcalde como a la Directora de Obras, la paralización de la construcción y su demolición en varias oportunidades. Desconozco si a la fecha estas peticiones de los vecinos han tenido respuesta por escrito, aspecto sobre el cual también solicito al Sr. Alcalde nos informe. Pues bien, sentenciado como está que el permiso es ilegal, lo que cabe esperar es que los perjudicados demanden de indemnización de perjuicios a la Municipalidad, ya que la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley de Bases de la Administración del Estado y la propia Constitución Política establecen la responsabilidad de los órganos del Estado, y entre ellos por cierto los municipios, por las actuaciones de sus funcionarios. Esta responsabilidad pecuniaria, me imagino que todos lo saben, se extiende también a los funcionarios que han participado en actos u omisiones ilegales, de modo que si la Municipalidad es obligada a indemnizar tiene el derecho a repetir contra el o los funcionarios infractores. Los perjudicados en este caso serían al menos dos: la Inmobiliaria y los vecinos inmediatos. De acuerdo a los antecedentes de que dispongo, los vecinos ya han demandado ante el 24º Juzgado Civil de Santiago la demolición del edificio y la indemnización de perjuicios a la Inmobiliaria, a la Municipalidad, a la Directora de Obras Titular y a la Directora de Obras Subrogante, aspecto sobre el cual pido al sr. Alcalde que informe en detalle. La Inmobiliaria, hasta donde yo se, no ha iniciado aún acción de perjuicios contra el Municipio. Sin restar importancia a la demanda de los vecinos, cuyas consecuencias económicas y sociales no pueden desatenderse, donde veo el mayor riesgo es en las acciones que emprenderá la Inmobiliaria. En efecto, si por haberse declarado ilegal el permiso de edificación y no haberse paralizado oportunamente las obras, debe procederse a la demolición del edificio de Carmencita 262, es casi seguro que la Inmobiliaria reclamará el pago de una indemnización cuyo monto ascenderá al valor total del Edificio pues este ya está terminado e incluso existen promesas de compraventa celebradas con terceros. El valor del edificio, de acuerdo a la lista de precios de los departamentos cuya venta la Inmobiliaria afectada encargó a la oficina de corretaje de propiedades P&G Larraín, asciende a una suma superior a 90.000 UF, esto es superior a $ 1.600.000.000 (mil seiscientos millones de pesos). Tratándose de una situación que compromete gravemente los recursos municipales y, en último término, de los contribuyentes y vecinos, solicito se trate derechamente en esta sesión la posición que adoptará el Municipio en las siguientes materias: La paralización de las obras de Carmencita 262 La demolición de lo edificado hasta la fecha en el mismo inmueble La manera en que se enfrentará la demanda de perjuicios intentada por los vecinos La manera en que se enfrentará la reclamación de perjuicios que eventualmente intente la Inmobiliaria Las medidas que se adoptarán para hacer efectiva la responsabilidad pecuniaria de los funcionarios implicados en el otorgamiento del permiso de edificación de Carmencita 262 y demás actos u omisiones ilegales, en caso que el Municipio se vea obligado a indemnizar a los perjudicados". Hugo Unda Díaz, Concejal, Presidente de la Comisión de Salud y Medio Ambiente de la Municipalidad de Las Condes. (09 3275837-3992706-3507480)




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