07 Diciembre 2017

Contraloría y el edificio de los Angelini

“Lo que dice la ordenanza hoy es que no se puede aplicar un beneficio de constructibilidad y además el de conjunto armónico. El sentido de esta norma era que los edificios contribuyeran a hacer un mejoramiento del espacio público.

Un revés sufrió el edificio que adquirió el grupo Angelini en El Bosque Norte 0221. El 21 de noviembre, la Contraloría General de la República (CGR) emitió un dictamen que declara contrario a derecho el permiso de edificación otorgado por la Dirección de Obras Municipales de Las Condes a ese edificio en 2013. ¿La razón? El permiso se otorgó para la construcción de dos edificios, uno de 22 pisos y otro de 2 pisos, destinados a equipamiento, acogidos a la figura de conjunto armónico (cuyo sentido original era impulsar y promover la renovación urbana), aplicando beneficios de mayor constructibilidad y altura.

“Conforme a la norma vigente, el permiso no debe contemplar 17 pisos base y con el premio de conjunto armónico llegar a 19 pisos y a los 22 pisos con otros beneficios”, asegura Patricio Herman, presidente de la fundación Defendamos La Ciudad, quien solicitó el pronunciamiento de la Contraloría. “La municipalidad se equivocó al aplicar la tabla referida a los proyectos de densificación existente en el Plan Regulador. En rigor, la altura base para el edificio son 5 o 15 pisos, según la tabla que se aplique, impasse que deberá resolver la Contraloría, a la luz de una nueva presentación que le hemos hecho”, agrega.

Desde la Municipalidad de Las Condes se están preparando para informar a la Contraloría de las medidas que están tomando: entre ellas están trabajando desde septiembre en la adecuación completa del Plan Regulador, de acuerdo a los dictámenes que el organismo les ha señalado. “Lo que dice la ordenanza hoy es que no se puede aplicar un beneficio de constructibilidad y además el de conjunto armónico. El sentido de esta norma era que los edificios contribuyeran a hacer un mejoramiento del espacio público. Ahora con la ley de aportes, las municipalidades pueden generar estos mejoramientos al espacio público. Eso sí, no se pueden aplicar otros beneficios además de los que da el Plan Regulador para esto. Entonces hay que readecuar el articulado para decir le damos este beneficio de constructibilidad por soterramiento de cables, pero usted no puede aplicar estos otros beneficios de conjunto armónico”, aseguran desde la municipalidad.

Fuente: http://www.quepasa.cl/articulo/ojos-de-la-llave/2017/12/contraloria-y-el-edificio-de-los-angelini.shtml/



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