07 Octubre 2010
Corte de Apelaciones decreta orden de no innovar

respecto de la DIA del Plan Regulador Comunal de La Reina

Ante el desconocimiento de las autoridades de la Falla Geológica de San Ramón CORTE DE APELACIONES DECRETA ORDEN DE NO INNOVAR EN RECURSO DE PROTECCION DE ORGANIZACIONES CIUDADANAS CONTRA LA COREMA POR LA APROBACION DE LA D.I.A. DEL PLAN REGULADOR DE LA REINA.

Fundación Defendamos la Ciudad informa a la opinión pública que, con fecha 5 de octubre de 2010, la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago concedió la orden de no innovar solicitada por esta Fundación, en conjunto con diversas organizaciones ciudadanas de la comuna de La Reina, en recurso de protección interpuesto contra la Resolución Exenta Nº 371, de 25 de mayo de 2010, de la COREMA que aprobó la Declaración de Impacto Ambiental presentada por la Municipalidad de La Reina para la modificación de su Plan Regulador Comunal. Patricio Herman de Defendamos la Ciudad señaló : "las organizaciones ciudadanas planteamos en el recurso, fuera de otros argumentos, el desconocimiento que hicieron tanto la Municipalidad de La Reina, la Seremi de Vivienda y Urbanismo, como la COREMA de la existencia de la Falla geológica activa San Ramón, que cruza a La Reina en su sector Oriente en dirección Norte-Sur, al igual que otras comunas del pie de monte cordillerano, demostrada por diversos estudios científicos que fueron acompañados en esa presentación, y que constituye una zona de riesgo latente incomprensiblemente ignorada por las autoridades mencionadas. La orden de no innovar concedida por la Corte de Apelaciones suspende los efectos de la resolución de Corema paralizando su cumplimiento, retrotrayendo las cosas al estado anterior al 25 de mayo de 2010, fecha en que se dictó la Resolución Exenta Nº 371. Con esta resolución de la Corte de Apelaciones, la modificación del Plan Regulador de La Reina, aprobada por Decreto Alcaldicio Nº 1516, de 3 de septiembre de 2010 queda congelada, esto es, se retrotrae la vigencia del Plan Regulador anterior a esa fecha, que proviene del año 2001, por lo cual, las instancias municipales no podrán aprobar proyectos con la nueva normativa, sino que deberán ajustarse a las condicionantes impuestas por este último. En todo caso, todas nuestras organizaciones ciudadanas continuaremos en la lucha en contra de la viciada aprobación del Plan Regulador, sin descartar otras acciones legales que el ordenamiento jurídico dispone para estos efectos" FIN 09/2585459




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