19 Julio 2009
Comunicado de Prensa

Denuncian desinteligencias en permiso de edificación en Zona Típica de Providencia

Fundación Defendamos la Ciudad, acogiendo la solicitud de asistencia por parte de los vecinos de la Zona Típica de las calles Dalmacia-Emilio Delporte, comuna de Providencia, anuncia que la Dirección de Obras respectiva acogió a tramitación una solicitud de anteproyecto de edificación, cuando ya el Consejo de Monumentos Nacionales había resuelto declarar como Zona Típica ese sector, lo que fue publicado en el Diario Oficial del 23 de octubre de 2008 .

Patricio Herman de Defendamos la Ciudad señaló "en efecto, el 13 de agosto de 2008, por la unanimidad de sus miembros, el Consejo de Monumentos Nacionales aprobó la declaratoria de esta Zona Típica, a petición de los vecinos que allí residen, lo que fue informado el 9 de septiembre de ese año al alcalde Cristián Labbé, para que se adoptaran las medidas preventivas en orden a no permitir el ingreso de solicitudes de permisos de edificación. Los vecinos ejercieron diversas acciones tendientes a que se respetara la protección patrimonial en el sector, pero ello no fue posible por decisiones posteriores de la autoridad regional de Vivienda y Urbanismo, la que resolvió en su oportunidad sin disponer de todos los antecedentes necesarios. Ahora resulta que los vecinos nos dieron a conocer un permiso de edificación que contempla la demolición de 6 casas protegidas y revisado ese acto administrativo hemos llegado a la conclusión que tiene un vicio insalvable, ya que el Director de Obras lo aprobó el 13 de noviembre de 2008, sin que el titular del mismo hubiera fusionado los predios e inscrito el nuevo terreno con mayor superficie en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, tal como lo ordena la legislación vigente. Por esa razón hemos entregado toda la documentación que obra en nuestro poder al Seremi de Vivienda y Urbanismo para que éste resuelva finalmente y en tal sentido esperamos que el Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales haga valer el artículo 3º de la Ley Nº 17.288 que le entrega bastantes atribuciones respecto de la situación que nos preocupa" (FIN) 09/2585459




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