28 Julio 2017

El destino de gueto vertical del parque Las Moscas

Columna de opinión de Patricio Herman de Defendamos la Ciudad, publicada en El Mostrador el 27.07.2017

En días pasados el diario El Mercurio publicó una crónica titulada “Santiago revierte permisos de megatorres en Parque Las Moscas”. Según la noticia, Felipe Alessandri, alcalde de Santiago, habría impartido instrucciones para invalidar un permiso de edificación dado a la Inmobiliaria Carlos Valdovinos, la misma de los obscenos guetos verticales de la comuna de Estación Central. El permiso estaba cursado para 4.200 viviendas y 21 locales comerciales en un terreno que originalmente estuvo destinado a un área verde, y luego fue entregado a Cema-Chile, quien lo vendió a la actual propietaria, inmobiliara ligada a Su Ksa, la que ha llenado de guetos verticales la comuna de Estación Central.

El retazo tiene un poco más de 2 hectáreas y el seccional del plano regulador solo autoriza edificios de hasta 5 pisos  y con una densidad habitacional máxima de 1.140 habitantes por hectárea, mientras que el permiso que exhibe la inmobiliaria –otorgado durante la gestión de Carolina Tohá– considera 3 edificios de 15 pisos cada uno, lo que daría una densidad 10 veces superior.

Según el Municipio de Santiago, la construcción del Parque, objetivo inicial del terreno, excede las competencias municipales, a menos que el alcalde tomara la iniciativa de modificar el seccional respectivo con un uso actual habitacional mixto a un área verde, que es lo que demandan los vecinos de la zona.

La inmobiliaria subdividió el terreno localizado en un sector Especial E2 del PRC de Santiago y obtuvo 3 permisos de edificación, adscribiéndose a las regalías de los Conjuntos Armónicos, lo que fue aceptado por el director de Obras Municipales de Santiago, clasificación errónea que le permite al inmobiliario pagar menos derechos en los permisos de construcción.

El permiso Nº 16059 de junio de 2016 para el sitio de 9.339 m2 con dirección Carlos Valdovinos 3017, para un edificio de 15 pisos y 1.400 viviendas, 7 locales comerciales, 573 estacionamientos para automóviles y 714 estacionamientos para bicicletas.

Perfectamente asesorada, la empresa fue muy astuta para solicitar los permisos, los que cuentan con los estudios viales respectivos, aunque todavía carecen de la calificación ambiental. Ello permite avizorar inconvenientes para que la municipalidad los pueda invalidar, ya que si bien es cierto en el PRC de Santiago existe una Zona E que establece la densidad máxima de 1.140 hab/ha, que ha sido básica para objetar las aprobaciones, el sector especial E2 descrito en los 3 permisos no exige expresamente esa densidad máxima, razón por la cual la norma es interpretable.

El permiso Nº 16069 para el sitio de 9.020 m2 con dirección Carlos Valdovinos 3015, un edificio de 15 pisos para 1.400 viviendas, 7 locales comerciales, 588 estacionamientos para automóviles y 690 estacionamientos para bicicletas, y el  permiso Nº 16074 para el sitio de 9.107 m2 con dirección en Carlos Valdovinos 3005, un edificio de 15 pisos para 1.400 viviendas, 7 locales comerciales, 573 estacionamientos para automóviles y 714 estacionamientos para bicicletas, ambos de junio de 2016.

Por las cifras mencionadas, en cuanto a la superficie de los terrenos y cantidad de viviendas contempladas en cada uno de ellos, se deduce que cada permiso de edificación considera del orden de los 4.500 hab/ha, guarismo muy distinto a los 1.140 hab/ha, que señalan los reglamentos respectivos.

Perfectamente asesorada, la empresa fue muy astuta para solicitar los permisos, los que cuentan con los estudios viales respectivos aunque todavía carecen de la calificación ambiental. Ello permite avizorar inconvenientes para que la municipalidad los pueda invalidar, ya que si bien es cierto en el PRC de Santiago existe una Zona E que establece la densidad máxima de 1.140 hab/ha, que ha sido básica para objetar las aprobaciones, el sector especial E2 descrito en los 3 permisos no exige expresamente esa densidad máxima, razón por la cual la norma es interpretable.

El abogado de Armando Ide, dueño de la inmobiliaria Carlos Valdovinos y de Su Ksa de Estación Central, es Ramiro Mendoza, ex Contralor General de la República, y tendrá en el argumento anteriormente señalado un punto fuerte a su favor. Ello, sin olvidar que es parte del comando de campaña de Sebastián Piñera y, por lo mismo, cercano al alcalde de Santiago Felipe Alessandri, quien en todo caso ya ordenó una investigación para establecer los fundamentos de la Dirección de Obras para otorgar los permisos.

Por si las moscas, la historia del Parque

Este terreno estaba calificado en el año 1960 como área verde fiscal, según el Plan Regulador Intercomunal de Santiago (PRIS), y formaba parte del Parque Isabel Riquelme.  El terreno tiene 27.500 m2 y  como dirección la calle Carlos Valdovinos 3017-3101. En el año 1982, Augusto Pinochet se lo regala a Cema-Chile, entidad presidida por su esposa Lucía Hiriart. Geográficamente el terreno se ubica en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, pero por estas cosas curiosas en la administración de la ciudad, está bajo la jurisdicción de la Municipalidad de Santiago.

En el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) de 1994 se mantuvo ese terreno como área verde del Parque Isabel Riquelme y, en el año 1995, Cema-Chile lo vende a una inmobiliaria, la que necesariamente luego tenía que solicitar la modificación del uso de suelo para poder construir. Entonces, pasa a habitacional mixto, todo lo cual ocurre en plena democracia y con Jaime Ravinet como alcalde de Santiago.

Lo que luego ocurrió es que se armó un consenso de hecho –se le llama “asociación público-privada” en el léxico político–, conformado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la Intendencia Metropolitana, la Municipalidad de Santiago y el privado, para que ese terreno en el PRC de Santiago dejara de ser área verde. Luego, esos agentes públicos, ya en el año 1999, violando el PRMS y el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que, por la mala calidad del aire, prohibía eliminar las áreas verdes en esta región, se las arreglaron para que el  Consejo Regional (CORE) cursara la Resolución N° 38-99 que transformó el terreno en apto para negocios inmobiliarios, es decir, al no ser área verde, se logró la plusvalía buscada.

Ante tal ilegalidad, la Fundación Defendamos la Ciudad denunció el proceso en la Contraloría General de la República, la que objetó la Resolución del CORE, haciendo valer las disposiciones legales vigentes en aquel entonces.

El privado interpuso un recurso de protección en los tribunales en contra de la Contraloría, porque no tomaba razón de la Resolución  38-99 del CORE Metropolitano. La Corte de Apelaciones de Santiago admitió a trámite el recurso, el que se perdió porque el abogado litigante del Consejo de Defensa del Estado, que llevaba el caso en representación de la Contraloría, no se presentó a alegar. La decisión de la Corte de Apelaciones de obligar a la Contraloría a tomar razón de la Resolución, dio origen a una contienda de competencia en el Senado de la República ( Nº 2951 del 25 de enero de 2000), por considerar ilegal el fallo judicial, basado en que se había desconocido la función exclusiva de la Contraloría respecto del control preventivo de la legalidad que constitucionalmente le corresponde.

Sin embargo, el Senado nunca se pronunció por considerarse ejecutoriada la sentencia a favor del particular y la  Contraloría se vio constreñida a tomar razón el 15 de marzo de 2000.

Fuente: http://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/2017/07/27/el-destino-de-gueto-vertical-del-parque-las-moscas/ 



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