04 Diciembre 2008

Se les acabó el recreo

Columna de opinión de Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad, publicada en La Nación el 04 de diciembre de 2008.

Columna de opinión de Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad, publicada en La Nación el 04 de diciembre de 2008. Este caso es similar al de la planta de propano de Metrogas en Peñalolén, con la diferencia de que las obras de esta infraestructura están terminadas aunque sin entrar en operación. Saludamos a los vecinos del balneario de Maitencillo: muy bien articulados por sus organizaciones civiles, apoyadas por competentes abogados, lograron que la Corte Suprema (en un fallo unánime del 6 de noviembre) confirmara un dictamen del 27 de marzo de este año resuelto por la Contraloría General de la República, que había dejado sin efecto un acto administrativo (la resolución Nº 016 de 2005 del director de Obras de la Municipalidad de Puchuncaví) que favorecía los intereses de una generadora eléctrica, vulnerando el uso de suelo de la zona del balneario, establecido en el Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso (PRIV). El principio que estaba en discusión era si las plantas de infraestructura energética -en este caso una subestación eléctrica- se pueden instalar en sectores cuyo uso de suelo no lo admite de forma expresa, al amparo que las normas de urbanismo y construcciones establecen que sus trazados sí se pueden ejecutar en cualquier lugar. El director de Obras interpretó y aplicó su propio y particular criterio, sin que instancias superiores modificaran el PRIV, un requisito para darle luz verde a la empresa generadora CGE Transmisión S.A. La sentencia de la Corte Suprema, entre otras cosas, expresó que "como corolario de lo reflexionado precedentemente, ha de concluirse que el órgano contralor, al evacuar el dictamen cuestionado por la empresa generadora, ha obrado en el ejercicio de las atribuciones que le reconoce el ordenamiento". Este caso es similar al de la planta de gas propano de Metrogas en Peñalolén, con la diferencia de que las obras de esta infraestructura, localizada en un área de preservación ecológica, están terminadas aunque no han entrado en operación. La Contraloría declaró a propósito de ésta que su emplazamiento era ilegal. Como sabemos, Metrogas, el alcalde de Peñalolén y los vecinos afectados se han trenzado, mediante recursos de protección, en los tribunales superiores de justicia con distintos resultados. No sabemos cuál es la situación actual. Ahora bien, el esclarecedor fallo del máximo tribunal echa por tierra, aunque se mantienen a firme, siete discutidos fallos anteriores que impedían el control de la legalidad de los actos administrativos de parte de la Contraloría. Existía la singular teoría, incubada por dos abogados que convencieron a una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que aquella carecía de atribuciones para resolver el fondo de dichos actos, relegándola a un mero control formal de los mismos, cosa que nuestra fundación ha criticado de forma reiterada en distintas instancias, en particular en La Nación. La Constitución y la ley orgánica de la Contraloría otorgan a ésta poderes plenos para dictaminar sobre la forma y el fondo de los actos de los funcionarios públicos. Este trascendente fallo en favor de los vecinos de Maitencillo, ha restituido el Estado de Derecho en Chile, con lo que se consigue enviar un claro mensaje a quienes ejercen el poder político, ya sea en el Gobierno central como en las administraciones locales: la probidad y el apego a la ley siguen siendo bienes superiores intransables en nuestra democracia. Muchos actores privados sostienen, erróneamente, que los permisos otorgados por la administración son derechos adquiridos sin importar que no se atengan a las normativas sectoriales, lo que es inadmisible en un país que desea ingresar a la OCDE. Por ello esta sentencia da una luz de alerta a quienes se desenvuelven en los negocios, en términos en que la responsabilidad social empresarial y la buena conducta deben ser prácticas habituales en sus emprendimientos. Los ministros Oyarzún, Araya y Araneda, y los abogados integrantes Jacob y Gómez, con su compromiso en pos de la causa de la probidad, han devuelto la jurisprudencia administrativa de la Contraloría a su sitial de honor para tranquilidad de la ciudadanía. Por lo relatado sucintamente, queda claro que se les acabó el recreo a todos aquellos que no desean ceñirse a las leyes vigentes.



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