28 Octubre 2008

Breve historia del Costanera Center

Columna de opinión de Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad, publicada en El Mostrador el 28 de octubre de 2008.

Columna de opinión de Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad, publicada en El Mostrador el 28 de octubre de 2008. En el último tiempo la prensa ha puesto en el tapete informativo el caos vial que vendrá en el sector llamado Sanhattan, en donde limitan por el norte las comunas de Providencia y Las Condes, como consecuencia del boom inmobiliario en esa zona comercial de moda de la ciudad. El más fuerte impacto lo generará el megaproyecto en construcción Costanera Center que inició sus obras en Marzo de 2006 y cuyo permiso de edificación se otorgó en Marzo de 2007, aunque las autoridades municipales para justificar la falta de permiso oportuno, argumentan que existía uno modificado del año 2001, a pesar de que éstos caducan a los 3 años. En números redondos este proyecto, el más grande en la historia del país, contempla una inversión de 600 millones de dólares y 700 mil m2 construidos, que se traducen en 4 torres, la principal de 300 metros de altura y un impresionante Mall. Ahora bien, qué dice la historia del terreno en donde se emplazan las moles: En noviembre de 1980, bajo la dictadura militar, se publicó en el Diario Oficial una modificación al Plan Intercomunal de Santiago (PIS) de 1960 para entregarle un traje a la medida de los propietarios de la Compañía de Cervecerías Unidas (CCU). En efecto, el Minvu, comandado por un General de Aviación, estableció permisivas normas urbanísticas, Plan Seccional CCU, para el predio de 4 hectáreas que esa empresa tenía en el cuadrante conformado por las calles Costanera Andrés Bello, Tajamar (Canal San Carlos), Vitacura y Nueva Los Leones, comuna de Providencia. El trabajo técnico fue elaborado por la División de Desarrollo Urbano de ese ministerio, es decir, la municipalidad de Providencia no intervino para nada en el regalo que le otorgó el gobierno central a esa empresa. El Plan Seccional de marras estableció la edificación continua en el 100% de los deslindes hasta los 10 metros y que los edificios debían cumplir con las normas de rasantes y distanciamientos establecidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. También se señaló que la capacidad máxima de edificación debía enmarcarse en las normas sobre agrupamiento de los edificios y que, para resguardar las condiciones de privacidad y asoleamiento de las construcciones existentes en los sitios colindantes de la calle Nueva Los Leones, las rasantes debían ser de 60º levantadas en el eje del deslinde común sobre el terreno natural. En septiembre de 1985 se publicó en el Diario Oficial una modificación en materia de vialidad para ese Plan Seccional y para los terrenos más hacia el oriente que enfrentan la Costanera Andrés Bello. Se exigió que los proyectos de urbanización y/o de edificación tenían que resolver los accesos (entradas y salidas) desde y hacia dicha avenida, mediante vías caleteras de servicio y se ordenó la desafectación de su calidad de bienes nacionales de uso público de una serie de terrenos. No es del caso dar a conocer en esta ocasión cuales eran esos terrenos y el ministro de Vivienda y Urbanismo firmante del decreto supremo era un civil, quien en la actualidad, manteniendo un bajo perfil público, es miembro de un emergente grupo económico. La última actualización del Plan Seccional CCU tuvo lugar en Enero de 1989, teniéndose en cuenta que en Marzo de ese año, accedieron al poder político los dirigentes de la Concertación con su motivador discurso referido a la pronta llegada de la alegría, la que, sí llegó para algunos calificados, pero que, a pesar del prolongado tiempo transcurrido, aún no llega para la mayoría de los chilenos. En ese Plan Seccional pinochetista se permitía la construcción residencial, comercio, oficinas, equipamiento turístico, recreacional y deportivo, industria inofensiva y áreas verdes, pero no se establecían porcentajes de ocupación de suelo, coeficientes de constructibilidad, altura máxima de los edificios, cantidad mínima de estacionamientos asociados a la cantidad de m2 construidos, et. etc. Por lo anterior, las áreas verdes del proyecto se sitúan en altura y no a nivel de suelo natural. Es decir, era un lobo con piel de oveja. Sabemos que el múltiple y carismático empresario Horst Paulmann compró este importante terreno en el año 1988 y que ya había obtenido en el año 1991, de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Providencia, un permiso de edificación, el cual no se materializó. Recordemos que en Noviembre de 1994 entró en vigencia el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) que, entre otras cosas, ordena que mantendrán su vigencia las disposiciones de los Planes Reguladores Comunales y Planes Seccionales, en cuanto no se contrapongan con sus propias disposiciones, es decir, siempre manda el PRMS. También sabemos que los especialistas de esa municipalidad, en Agosto de 2000, antes de otorgarle a Paulmann un nuevo permiso de edificación, habían concluido que, para tal propósito, se debían tener a la vista las disposiciones del Plan Regulador de Providencia, Plan Seccional CCU y PRMS. La autoridad local señaló que para resolver la aplicación de las normas, siempre priman los instrumentos de mayor nivel y/o los de fecha más reciente y el PRMS, siendo el más restrictivo es el de más alto rango. En aquella época, 8 años atrás, ya se quería redefinir la conexión vial que uniría la Av. El Cerro, en los faldeos del Parque San Cristóbal, con la Av. Pedro de Valdivia, según lo establecía el PRMS y así fue como se resolvió a favor de este centro comercial, cambiando el enlace más hacia el oriente: se unía Nueva Los Leones con el Puente El Cerro. Aunque el lector no le crea, la autoridad de planificación de Providencia, ante el intríngulis vial que ya se conocía en aquella fecha, decía “ambas alternativas se deberían presentar al propietario de los terrenos ex-CCU para que en conjunto con el Municipio y Sectra, se acuerde cual satisface de mejor manera las aspiraciones de todas las partes………”. (sic). Es decir, en el año 2000, en el aspecto de las mejoras viales necesarias para soportar esta mega construcción se le pidió a la Sectra (Secretaría Interministerial de Planificación de Transporte) dependiente de Mideplan que acordara con el titular del proyecto qué se podría hacer en materia de vialidad, respetando las “aspiraciones” de aquél. Sabemos que en el año 2000 se le otorgó un permiso de edificación que consideraba 240.000 m2 construidos y al año siguiente, 2001, se le autorizó un nuevo permiso por 490.000 m2 construidos. El permiso de edificación vigente, como ya lo dijimos, es de Marzo de 2007 y contempla 700.000 m2 construidos y para darle “seriedad” a dicho acto administrativo, la Municipalidad de Providencia resalta que “el presente proyecto mantiene vigentes el Estudio de Impacto Ambiental aprobado por Resolución Exenta Nº 537/2001 de la Comisión Nacional del Medio Ambiente y el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano aprobado por Resolución ORD. SM/GU/Nº 3863 del 17/09/2003, por cuanto no fueron alteradas la características de accesos y salidas vehiculares, como tampoco el número máximo de estacionamientos aprobados (4.500)” Pues bien, lo primero es falso porque la Resolución Ambiental de la Corema y no de la CONAMA, como asegura la Municipalidad de Providencia, se refiere a una simple Declaración de Impacto Ambiental, que no sirve de nada. Costanera Center tenía la obligación legal de ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) a través de un “Estudio”, tal como lo dice el artículo 11º de la ley respectiva, pero como en Chile esa legislación no se cumple, los cómodos integrantes de la Corema cuando tenían que decidir, en el año 2001, miraron para el lado y muy sueltos de cuerpo aprobaron una “Declaración”. Luego, no existe a la fecha una Resolución de Calificación Ambiental favorable por los 700.000 m2 a construirse. El EISTU (Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano), aprobado en el año 2003 por el Seremi de Transporte y Telecomunicaciones, está absolutamente obsoleto, estando pendiente el EISTU verdadero que ha sufrido más de 70 observaciones por parte de la autoridad sectorial. Con respecto a las mitigaciones viales, el titular del proyecto quiere compartir el costo de las obras con el Estado, posiblemente pensando que en pedir no hay engaño. El senador Nelson Ávila y la diputada Denise Pascal expresaron su oposición a que una actividad privada lucrativa reciba aportes del erario público, lo cual compartimos en plenitud. Como nuestra Fundación sabe que la altura de 300 m. de la torre principal es irregular porque sobrepasa la altura máxima permitida por el encuentro de las rasantes, los distanciamientos no calzan con la normativa urbanística vigente y como el proyecto es de una escala superior a la que las vías por las cuales se accede a él soportan, en aras de la transparencia que debe existir en el país, le hemos solicitado a la Municipalidad de Providencia que nos entregue algunos documentos de carácter público del proyecto para analizarlos. Lo que más queríamos conocer era el Estudio de Sombras y el Certificado de Informaciones Previas. Pero en una actuación verdaderamente fantasmagórica, su director de obras nos negó esa información, diciéndonos que Costanera Center se oponía a ello. Ante ese comportamiento de secretismo infundado elevamos los antecedentes donde el Seremi de Vivienda y Urbanismo para que esta autoridad central analice toda la documentación y le exija a ese díscolo municipio que emita un nuevo permiso de edificación enmarcado ahora en la legislación que nos hemos dado. Creemos que Costanera Center podrá ser un efectivo aporte a la ciudad si las instituciones públicas realmente llegaran a funcionar y en tal sentido, esperamos conocer en los próximos días el resultado completo de la investigación que está haciendo el Minvu. Pero no quisiéramos revisar el nuevo permiso de edificación que se debería otorgar porque no tenemos tiempo para ello y porque su emisión deberá ser concordante con lo que resuelva la instancia superior. Estamos en condiciones de afirmar que el proyecto ad portas, que no será tan invasivo por razones obvias, será muy bien recibido por la comunidad y como para ejecutarlo la inversión será más reducida, entendemos que ello será una buena noticia para el titular en estos tiempos de iliquidez por la crisis financiera mundial.



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