22 Enero 2007

Contienda de competencia y dichos ministeriales

Columna de Patricio Herman, publicada en El Mostrador, 22 de enero de 2007.

Columna de Patricio Herman, de la Agrupación Defendamos la Ciudad, publicada el 22 de Enero, en El Mostrador. A raíz de la extrema injerencia, para obtener sus propósitos comerciales, desplegados por el sector inmobiliario ante los poderes públicos (ejecutivo y legislativo) y poder judicial, el que verificamos en el día a día, y con motivo de una intervención de la ministra Paulina Veloso en un acto académico en la Universidad de Chile, las agrupaciones ciudadanas “Defendamos Plaza Las Lilas y la nuestra, se dirigieron formalmente el pasado 15 de Enero a la aludida ministra de Estado. Por considerarlo de interés público y para hacer realidad la transparencia, de la cual tanto se habla, a pesar de que poco se practica, reproducimos a continuación esa carta que tiene que ver con el título de esta columna, a la luz de las atribuciones constitucionales (artículo 98º) que tiene la Contraloría General de la República con respecto a su fiscalización de los actos administrativos del ejecutivo y municipales, lo que está refrendado en el artículo 1º de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en su Ley Orgánica Nº 10.336 y en el artículo 52º de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. En la comunicación le decíamos a la ministra Secretaria General de la Presidencia: Acusamos recibo de su ORD (DJ) Nº 16 del 05/01/07, mediante el cual se hace cargo de nuestra acusación escrita sobre sus críticas formuladas a la Contraloría General de la República en un reciente acto académico llevado a cabo en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Ud. justifica su proceder señalando que se limitó a expresar en ese acto universitario la última jurisprudencia de los Tribunales Superiores de Justicia, que han sostenido que la competencia de la Contraloría General de la República no alcanza al control de fondo respecto de las autorizaciones en materia urbanística y nos transcribe lo que han dicho esos tribunales en los casos referidos al proyecto inmobiliario que el grupo Penta desea ejecutar en el sector de la Plaza Las Lilas, comuna de Providencia, el cambio de uso de suelo para posibilitar un negocio inmobiliario en el área verde del Estadio Santa Rosa de Las Condes, comuna del mismo nombre y cambio de uso de suelo de áreas verdes del Valparaíso Sporting Club en la comuna de Viña del Mar. Al respecto, le señalamos que esos fallos de los Tribunales Superiores de Justicia son incoherentes con las expresas atribuciones que tiene la Contraloría General de la República para fiscalizar los actos administrativos del gobierno y de las municipalidades, aspecto que la Agrupación "Defendamos la Ciudad" le hizo notar al propio Presidente de la Corte Suprema en reunión sostenida con él en fecha 21 de Noviembre de 2006, lo que fue refrendado en carta del día siguiente, cuya copia adjuntamos a usted. En todo caso nuestra objeción a ese intento de jibarizar el rol de la Contraloría General se publicó en columnas "Fallos judiciales en el ámbito urbanístico" del diario electrónico El Mostrador (9 de Diciembre de 2006) y del diario La Nación (19 de Diciembre de 2006), entregando argumentaciones que no han sido refutadas a esta fecha. Es más, 27 organizaciones de la sociedad civil, agrupadas en la Coordinadora Pro Derechos Urbanos, entregaron el 29 de Agosto de 2006 a la Presidenta de la República señora Michelle Bachelet, un comunicado de prensa en donde denunciaron las presiones inmobiliarias para desperfilar el quehacer legal del ente contralor, comportamiento que nosotros vinculamos con esos equivocados fallos de los tribunales, ya que, por nuestras profesiones y actividades habituales, conocemos cómo se tratan estas materias en nuestro país, documento que está en poder de la señora Patricia Hidalgo, Asesora de Gestión del Gabinete Presidencial. Valoramos que Ud. nos haya respondido y, como debemos entender que no está el tanto de la corrupción inmobiliaria existente y amparada en nuestro país, le ofrecemos reunirnos en su despacho en la fecha que su agenda se lo permita para entregarle antecedentes verdaderamente grotescos en este ámbito de materias, con la idea que el gobierno pueda reaccionar en pro de la transparencia y probidad en ese sector. A modo de ejemplo, recordemos que el ex-presidente Lagos inauguró, un par de días antes de abandonar el poder, con gran cobertura noticiosa el "inicio" de obras de la torre más alta de América Latina, en circunstancias que el proyecto aún no cuenta, hoy, con el permiso de edificación respectivo. Este evento surrealista provocó una querella en contra del representante legal del diario La Nación por parte del alcalde de Providencia, la cual fue rechazada. Como otro ejemplo anecdótico, le informamos que, a esta fecha, el titular del proyecto inmobiliario de la Plaza Las Lilas no fusiona los predios que originarán el definitivo, en donde se emplazarán las torres y que la Municipalidad de Providencia, para ocultar ese ilícito, ha optado por negar arbitrariamente a los vecinos la información pública que le solicitaron, argumentando que el privado deseaba que nadie conociera el permiso de edificación (sic). Por otro lado, el terreno del Estadio Santa Rosa de Las Condes fue donado por el Estado, en 1970, a la Universidad Católica de Chile con la exigencia modal de que sólo podía ser utilizado para actividades deportivas. Hoy, este terreno riberano, ganado al Mapocho con recursos exclusivamente fiscales, es un área verde protegida por el PRMS y PPDA. A pesar de lo anterior, la actual directiva del Club Deportivo de la UC lo venderá para usos de construcción en altura, en 30 millones de dólares: es decir, lucran con un regalo del Estado, lo que consideramos hasta de mal gusto. En ambos casos, los tribunales superiores de justicia han señalado artificiosamente que la Contraloría General está incapacitada para ejercer su rol constitucional porque detectó, gracias a la fiscalización ciudadana, las ilegalidades cometidas por los Directores de Obras de las municipalidades de Providencia, Las Condes y Viña del Mar y el Seremi de Vivienda y Urbanismo, funcionarios que no supieron ejercer sus atribuciones en función del bien común y apego irrestricto a la ley. Al respecto y aunque Ud. no lo crea, la Corte Suprema, al no poder desvirtuar las sólidas razones esgrimidas por la Contraloría General en sus dictámenes, recurrió al habilidoso expediente de señalar que aquélla carece de facultades y, ante esta aberración, nos preguntamos para qué existe en Chile dicha institución. Dado que las organizaciones ciudadanas proceden de cara a la opinión pública y como la Corte Suprema todavía no responde nuestra carta ya aludida, le informamos que esta réplica nuestra será enviada a los medios de difusión y entregada al señor Enrique Tapia, su Presidente, y a la señora Noemí Rojas, Sub- Contralora General de la República, para que ambas altas autoridades saquen sus propias conclusiones. Finalmente, debemos tener presente que la normativa urbana, comenzando con la Carta de Atenas, ha tenido por objeto controlar, promover o facilitar la vecindad de usos molestos, conflictivos o peligrosos, la contaminación visual, auditiva, olfativa, los deshechos urbanos, los atochamientos vehiculares, los servicios y equipamientos colectivos, la vivienda digna, el disfrute del ocio, la calidad del aire que respiramos, etc. Añadimos que en los países civilizados la ciudadanía no se encuentra inerme para hacer valer su derecho a un marco urbano de calidad. En el mismo orden de cosas, pero al revés, se inscriben la falsa promesa de nombrar y definir los poderes del Defensor del Pueblo y, recientemente, la sintomática demora en designar al titular de la Contraloría General de la República. Si los Derechos Humanos sólo sirven para garantizar el seguir estando vivo, sin apremios físicos ni psicológicos, tal como lo entienden algunos, ya la sociedad civil se encargará de hacerles saber, incluso recurriendo a la desobediencia civil si es necesario, que ellos son mucho más amplios. Por una parte, la creciente toma de conciencia ciudadana y, por otra, los reiterados abusos de poder nos hacen prever que sólo queda la posibilidad de acudir a las instancias internacionales que pongan al descubierto las falencias que constatamos en nuestro país, invocando nuestros derechos humanos. Así terminó la carta. En suma, hemos considerado necesario dejar este testimonio público porque no cejaremos en nuestra función voluntaria orientada a hacerles ver a aquellos que ejercen el poder que el sistema democrático es bastante más que llamar a elecciones cada 4 y 6 años y que, para que funcione correctamente el sistema económico de libre mercado, las autoridades no deben tratar con tanto cariño sólo a los sectores poderosos, por muy buena llegada que tengan al Palacio de La Moneda. Con respecto a quien debe fiscalizador los permisos urbanísticos, no nos cabe duda que el Pleno de la Corte Suprema, conformado por personas cultas y muy preparadas, impartirá al interior del organismo jurisdiccional las instrucciones respectivas para que la Contraloría General pueda ejercer su rol superior administrativo cautelando el cumplimiento de las leyes y ordenanzas de Vivienda y Urbanismo y normativas de las distintas municipalidades del país, decisión que -debemos suponer- finalmente compartirá la lúcida ministra Paulina Veloso. ____________



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